Comité de seguridad y salud

Órgano de representación laboral, de carácter colegiado y paritario, cuyo fin es el debate y la participación, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la Empresa en materia de prevención de riesgos laborales. Esta integrado por representantes de los trabajadores para temas de Prevención de Riesgos y Salud Laboral (Delegados de Prevención) y por representantes de la Empresa.

·        Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, Artículo 38 relativo a Órganos de Consulta y Participación en Prevención y Salud Laboral.